Didier Luna aceptó los cargos pero no por acoso sexual y laboral por los que lo había denunciado Carolina Rozo sino por injuria por vía de hecho, delito que es excarcelable y tiene una pena menor.
No se entiende como pueden quedar contentas por el cambio de delito, si el señor Luna, utilizó el poder para ejecutar toda serie de actos de acoso, hostigamiento, asedio físico y verbal contra la fisioterapeuta Carolina Rozo Vela con fines sexuales no consentidos, aprovechando la confianza depositada por la víctima debido a esa relación laboral, el delito por el que se cambia es algo diferente que tiene que ver con el honor de una persona o somete a escarnio, cosa que nunca ocurrió.
Carolina Rozo, la implicada debería de asesorarse y no dejar que cambien así por así, por el simple hecho de que sea juzgado, aquí debe prevalecer la verdad y que se aplique la justicia en derecho y no que se amañe por gusto y gana de cerrar un caso, surge la pregunta, la Fiscalía tiene la facultad de cambiar delitos?